¿Cómo se declaran las ganancias de Polymarket en España? La plataforma no emite ningún certificado fiscal: la declaración corre de tu cuenta. Esta guía explica el tratamiento español en 2026: ganancia patrimonial en la base del ahorro del IRPF (19%-28%), el método FIFO, el Modelo 721 para criptoactivos en el extranjero, las casillas de la Renta y la compensación de pérdidas.
El resumen
Polymarket no emite certificados fiscales ni resúmenes anuales. Eres tú quien debe registrarlo todo y declararlo. Como la plataforma se liquida en USDC (un criptoactivo) en la blockchain Polygon, en España tus beneficios se tratan como ganancia patrimonial.
- Base del ahorro del IRPF, con tramos en 2026: 19% hasta 6.000€, 21% de 6.000 a 50.000€, 23% de 50.000 a 200.000€, 27% de 200.000 a 300.000€ y 28% por encima de 300.000€.
- Método FIFO (primero en entrar, primero en salir) para calcular el coste de adquisición cuando hay varias compras.
- Sin exención por plazo de tenencia: da igual cuánto tiempo mantengas la posición.
- Modelo 721: declaración informativa de criptoactivos en el extranjero si superan 50.000€ a 31 de diciembre (del 1 de enero al 31 de marzo).
- Declaración en el IRPF (Modelo 100), en las casillas de ganancias y pérdidas patrimoniales.
Parte 1 - Por qué no hay formularios
La Polymarket internacional funciona en Polygon con USDC y no tiene obligación de informar a la Agencia Tributaria española. Para el usuario, esto significa:
- Ningún certificado, ningún resumen anual
- Ningún cálculo automático del coste de adquisición ni de la ganancia realizada
- Tienes que documentarlo todo manualmente
La blockchain juega a tu favor: cada operación queda registrada de forma permanente en PolygonScan y se puede exportar como justificante.
Parte 2 - Cómo tributan tus ganancias
Los criptoactivos generan ganancias o pérdidas patrimoniales (art. 33 y siguientes de la Ley del IRPF) que se integran en la base del ahorro:
| Base del ahorro 2026 | Tipo |
|---|---|
| Hasta 6.000€ | 19% |
| De 6.000€ a 50.000€ | 21% |
| De 50.000€ a 200.000€ | 23% |
| De 200.000€ a 300.000€ | 27% |
| Más de 300.000€ | 28% |
La ganancia se calcula como la diferencia entre el valor de transmisión y el coste de adquisición (art. 34 LIRPF), aplicando el método FIFO cuando hay lotes sucesivos del mismo activo. No hay exención por tiempo de tenencia (a diferencia de otros países).
Parte 3 - El Modelo 721 (cripto en el extranjero)
Desde 2024, los criptoactivos custodiados fuera de España -como los que mantienes en Polymarket- se declaran en el Modelo 721 si su valor conjunto supera los 50.000€ a 31 de diciembre.
- Es una declaración informativa, sin pago asociado.
- Plazo: del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente.
- No sustituye a la declaración de las ganancias en el IRPF: son obligaciones distintas.
Por debajo de 50.000€ no tienes que presentar el Modelo 721, pero sí debes declarar las ganancias en la Renta igualmente.
Parte 4 - Ejemplos de cálculo
- Compra: 100 participaciones "Sí" a 0,40 USDC = coste en euros al cambio del día
- El mercado se resuelve en "Sí": cobras 100 × 1,00
- Ganancia = diferencia en euros entre lo cobrado y el coste → tributa en la base del ahorro
- Compra: 200 participaciones "Sí" a 0,18
- El mercado se resuelve en "No": cobras 0
- Pérdida patrimonial = todo el coste → compensable con otras ganancias patrimoniales
Parte 5 - Qué declarar y dónde
| Obligación | Qué hacer |
|---|---|
| IRPF (Modelo 100) | Declarar ganancias y pérdidas patrimoniales en las casillas de la base del ahorro |
| Modelo 721 | Si la cripto en el extranjero supera 50.000€ a 31 de diciembre (informativa, 1 ene-31 mar) |
| Justificantes | Historial de operaciones + hashes de Polygon (PolygonScan) como prueba |
Parte 6 - Errores comunes
- Creer que hay exención por mantener la posición un año - en España no existe para cripto.
- Olvidar el Modelo 721 - si superas 50.000€ en el extranjero, es obligatorio (aunque no se pague nada con él).
- No aplicar FIFO - con varias compras, el coste se calcula primero en entrar, primero en salir.
- No convertir a euros - la ganancia se declara en euros, no en dólares.
- No declarar las pérdidas - declararlas te permite compensar y arrastrar saldo cuatro años.
- Dejar el registro para el final - reconstruir el historial después es propenso a errores. Lleva una hoja de cálculo desde la primera operación.
Parte 7 - Tu flujo de declaración
- Registra cada operación desde el primer día: fecha, mercado, lado, participaciones, precio, comisión, hash.
- Exporta el historial cada mes; usa PolygonScan como copia on-chain.
- Convierte los importes a euros al cambio del día (compra y venta/resolución).
- Calcula ganancias y pérdidas con FIFO y compénsalas según las reglas de la base del ahorro.
- Declara en el IRPF (Modelo 100) en las casillas de ganancias y pérdidas patrimoniales.
- Presenta el Modelo 721 si superas 50.000€ en el extranjero a 31 de diciembre.
- Conserva los justificantes al menos cuatro años.
- Con volúmenes altos, acude a un asesor fiscal especializado en criptoactivos.
Mirada global: dónde se sitúa España
La misma ganancia se trata de formas muy distintas en el mundo, y eso ayuda a ubicar a España. Alemania suele eximir las posiciones mantenidas más de un año; Emiratos y Singapur aplican 0% a particulares; EE. UU. permite compensar pérdidas y arrastrarlas. India cobra un 30% fijo sin alivio por pérdidas, y Japón llega al 55%. España, con su base del ahorro progresiva (del 19% al 28% sobre la ganancia realizada), se sitúa en una franja media-alta dentro de la UE, con la obligación añadida del Modelo 721 para cripto en el extranjero. Los Países Bajos siguen el camino opuesto, gravando el patrimonio a 1 de enero en lugar de la ganancia. Si puedes ser residente fiscal en más de un país, estas diferencias importan: verifica tu situación con un profesional.
¿Y ahora qué?
Los impuestos son el punto más olvidado -y el más caro- de quien opera en mercados de predicción. Trata el registro como parte de tu rutina, no como una tarea de última hora. A continuación: acceso y regulación por país, el glosario y los errores más comunes.





